Área de práctica
Derecho de tránsito y accidentes
Un accidente de tránsito puede tener consecuencias civiles, penales y administrativas al mismo tiempo. El estudio cuenta con abogados con especial dedicación a esta materia, que atienden tanto a conductores y propietarios de vehículos como a víctimas que reclaman una indemnización.
La Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial regula la circulación, las infracciones y la responsabilidad derivada de los accidentes. Los juzgados de paz especiales de tránsito conocen de las infracciones y de la acción civil accesoria, y los tribunales civiles de las reclamaciones de mayor cuantía.
El estudio atiende esta materia con abogados que la tienen como especial dedicación, en particular Rafael Carlos Miguel Balbuena Camps, y asesora tanto a residentes como a visitantes extranjeros involucrados en accidentes en la costa norte.
Situaciones frecuentes
Accidente con lesiones o daños
Reclamación de la reparación a la parte responsable y a su aseguradora, o defensa frente a la reclamación.
Conductor extranjero o turista
Orientación cuando el conductor no reside en el país y debe atender un proceso a distancia.
Infracciones y sanciones
Recursos frente a multas y medidas administrativas conforme a la Ley 63-17.
Vehículos de alquiler y flotas
Responsabilidad del propietario y de la empresa en accidentes con vehículos alquilados.
Cómo le ayuda Balbuena Camps
Actuación inmediata
Asistencia en las primeras diligencias, actas y peritajes que determinan el resultado.
Reclamación y defensa
Negociación con aseguradoras y representación ante los juzgados de paz especiales de tránsito y los tribunales civiles.
Cómo se desarrolla el proceso
Recopilación de pruebas
Acta policial, certificados médicos, fotografías y testigos.
Reclamación
Negociación con la aseguradora o demanda contra el responsable.
Juicio
Proceso ante el tribunal competente y ejecución de la indemnización.
Abogados que atienden esta área
Dónde atendemos
- Puerto Plata Oficina
- Sosúa Zona de servicio
- Cabarete Zona de servicio
Preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer justo después de un accidente?
Atender a los lesionados, avisar a la autoridad para que levante el acta, fotografiar la escena y los daños, tomar los datos de los implicados y de los testigos y no firmar acuerdos sin asesoría.
Fuentes y referencias legales
- Ley 63-17, Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad VialCita pendiente de verificación
- Revisión legal
- Pendiente de revisión por un abogado
La información de esta página es de carácter general y orientativo. No constituye asesoría legal individualizada ni crea una relación abogado-cliente. Cada situación debe evaluarse con un abogado.
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