Área de práctica

Derecho de tránsito y accidentes

Un accidente de tránsito puede tener consecuencias civiles, penales y administrativas al mismo tiempo. El estudio cuenta con abogados con especial dedicación a esta materia, que atienden tanto a conductores y propietarios de vehículos como a víctimas que reclaman una indemnización.

La Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial regula la circulación, las infracciones y la responsabilidad derivada de los accidentes. Los juzgados de paz especiales de tránsito conocen de las infracciones y de la acción civil accesoria, y los tribunales civiles de las reclamaciones de mayor cuantía.

El estudio atiende esta materia con abogados que la tienen como especial dedicación, en particular Rafael Carlos Miguel Balbuena Camps, y asesora tanto a residentes como a visitantes extranjeros involucrados en accidentes en la costa norte.

Situaciones frecuentes

  • Accidente con lesiones o daños

    Reclamación de la reparación a la parte responsable y a su aseguradora, o defensa frente a la reclamación.

  • Conductor extranjero o turista

    Orientación cuando el conductor no reside en el país y debe atender un proceso a distancia.

  • Infracciones y sanciones

    Recursos frente a multas y medidas administrativas conforme a la Ley 63-17.

  • Vehículos de alquiler y flotas

    Responsabilidad del propietario y de la empresa en accidentes con vehículos alquilados.

Cómo le ayuda Balbuena Camps

  1. Actuación inmediata

    Asistencia en las primeras diligencias, actas y peritajes que determinan el resultado.

  2. Reclamación y defensa

    Negociación con aseguradoras y representación ante los juzgados de paz especiales de tránsito y los tribunales civiles.

Cómo se desarrolla el proceso

  1. Recopilación de pruebas

    Acta policial, certificados médicos, fotografías y testigos.

  2. Reclamación

    Negociación con la aseguradora o demanda contra el responsable.

  3. Juicio

    Proceso ante el tribunal competente y ejecución de la indemnización.

Abogados que atienden esta área

Dónde atendemos

Preguntas frecuentes

¿Qué debo hacer justo después de un accidente?

Atender a los lesionados, avisar a la autoridad para que levante el acta, fotografiar la escena y los daños, tomar los datos de los implicados y de los testigos y no firmar acuerdos sin asesoría.

Fuentes y referencias legales

  1. Ley 63-17, Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad VialLey 63-17, Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, República Dominicana · 20 feb de 2017Cita pendiente de verificación
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